Opinión RSC

Las empresas y los derechos humanos

Juan José Cubero Marín

Exprofesor titular de la Universidad de Zaragoza

jjcooperm@hotmail.com

Se está viendo que al introducir las cuestiones sociales y personales en mundo empresarial, por medio de la RSE, los Diez Principios del Pacto Mundial, los ODS y otros, se ha empezado a tener en cuenta los Derechos Humanos, (DD.HH.), en muchas organizaciones.

El tiempo se encarga de poner en marcha la evolución  e iniciativas de todo tipo, mejorando los productos, los servicios, la satisfacción de los grupos de interés y otras mejoras y en este sentido, cabe señalar, que por los años 70, del siglo pasado, se utilizó mucho, el hoy olvidado, el Circulo de Deming, conocido como el Circulo de la Mejora Continua, o por sus siglas, PDCA: Plan, Do, Check y Act, que traducido es Planificar, Hacer, Verificar y Actuar.

Todo lo anterior es el origen de los Principios Rectores de las Empresas y los DD.HH., que John Ruggle, los planteó hace unos diez años, con el fin  de actuar contra los impactos negativos sobre las personas en cualquier ámbito. Poco a poco, se han ido introduciendo a titulo voluntario o por medio de normativas, como la Resolución del Parlamento Europeo de 10 de marzo de 2.021, con recomendaciones destinadas a la Comisión Europea, sobre la diligencia debida de las empresas y La responsabilidad corporativa. Lo que se concreta en la norma ISO 37.001: la Debida Diligencia.

Pues bien, el modelo de gestión de los Principios Rectores, se basa en algo tan lógico, como proteger, respetar y remediar, o como se conocen según sus fases: Compromiso Político, Debida Diligencia y Mecanismos de Reparación.

El Compromiso Político se corresponde con las fases del Circulo de Deming, Planificar y Hacer, que no es otra cosa que definir una Política de DD.HH. en las empresas. Con ella se establece que el Código de Ética o de Conducta, juntos con sus procedimientos, definan claramente, que tyodas las personas de la organización, deben actuar en sus actividades profesionales bajo el respeto a los DD.HH.

La segunda fase corresponde a la Debida Diligencia, que como cualquier proceso, se estructura en Identificar, Prevenir los Riesgos y tomar medidas para reducir o eliminar los impactos de las empresas que perjudiquen a los DD.HH., como son  la corrupción, el soborno y otros impactos que vayan en contra de las personas, por lo que se incorporan procedimientos que identifiquen los riesgos e  impactos negativos,  en relación con los DD.HH.

La tercera fase corresponde a Mecanismos de Reparación y para ello se necesita crear canales que den respuesta a las reclamaciones de DD.HH., aplicables a todos los que intervienen en la cadena de valor responsable, desde los clientes, a los proveedores, entorno social, medio ambiente y al resto de grupos de interés. Se puede aplicar por medio de buzones, o como canales éticos, que deben estar a disposición de todos los empleados de la empresa.

Más de alguna vez he escrito en esta sección que, lo más importante somos las personas, más que cualquier otra cosa, en  este mundo.

Muy importante es conseguir beneficios, pero mucho más importante, es saber cómo se han conseguido

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