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El Departamento de Agricultura mejora las ayudas de apoyo a los costes financieros para hacer frente a situaciones adversas

A través del Boletín Oficial de Aragón de hoy, 6 de septiembre, se somete a información pública la orden del consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente que modifica la Orden DRS/150/2018, de 30 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la bonificación de los intereses generados por los préstamos a los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El objetivo es mejorar la eficacia de las ayudas, en términos de apoyo a los costes financieros, destinadas a hacer frente a situaciones adversas, como puedan ser los daños generados por fenómenos climatológicos excepcionales, en las que las explotaciones agrícolas y ganaderas deben afrontar situaciones de falta de liquidez.

Esta línea de ayudas subvenciona créditos blandos de interés cero, un tipo de préstamo en el que el Gobierno de Aragón se hace cargo de los intereses, con la intención de apoyar a las explotaciones familiares y profesionales. 

Se trata de un complemento al seguro agrario, herramienta que el Departamento de Agricultura considera imprescindible para el sector agrario, siendo la línea la más relevante en cuanto a aportación de fondos propios, con 8,3 millones de euros.

La modificación de la Orden DRS/150/2018 permite que tengan la consideración de gastos subvencionables todos los costes financieros en que incurre el beneficiario en el momento de suscribir el préstamo (comisiones, costes de intereses y avales), remitiendo su regulación más específica a las propias ordenes de convocatoria que se establezcan. 

Asimismo, permite aplicar entre los criterios de evaluación de las solicitudes, la información que consta en el Registro de Agricultores y Ganaderos de la Comunidad Autónoma de Aragón, con el objetivo de priorizar estas ayudas para aquellos agricultores y ganaderos de mayor profesionalidad.

Este proyecto de orden ya has sido remitido a las Organizaciones Profesionales Agrarias en preceptivo trámite de audiencia y mediante el correspondiente anuncio en el BOA se somete a información pública. El periodo de consulta en ambos casos es de 15 días hábiles. 

Fuente: Gobierno de Aragón

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