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Recomendaciones de Consumo a los afectados por los retrasos de los ferrocarriles

Se recuerda a los usuarios que Renfe está adherida al Sistema Arbitral de Consumo

Las limitaciones que Adif ha decidido realizar debido al estado de las vías están afectando directamente a los tiempos de viaje, que se están incrementando entre un 40% y un 50%. En este contexto, Renfe e IRYO han decidido no abonar las indemnizaciones por estos retrasos, aduciendo que no tienen responsabilidad, ya que se deben a las limitaciones impuestas por Adif.

El Gobierno de Aragón ya ha instado al Gobierno de España a que desarrolle la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, y modifique el reglamento del sector ferroviario, con objeto de volver al marco de indemnizaciones previo a julio de 2024, que, al menos Renfe, tenía a disposición de los viajeros.

Si bien los operadores ferroviarios están anunciando su negativa a indemnizar por los retrasos amparándose en el Reglamento UE 2021/782 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril, precisamente este Reglamento blinda el derecho de los viajeros a ser indemnizados en estos supuestos, al señalar que “Las huelgas del personal de la empresa ferroviaria, las acciones u omisiones de otra empresa que utilice la misma infraestructura ferroviaria y las acciones u omisiones de administradores de infraestructuras y de estaciones no quedan cubiertas por la exención a que se refiere la letra c) del párrafo primero”,

La indemnización establecida en el Reglamento de la UE, de aplicación directa en los Estados Miembros, es del 25% del precio del billete en caso de retraso de entre 60 y 119 minutos; y del 50% si es igual o superior a 120 minutos.

Por eso, si eres uno de los afectados por estos retrasos, desde la Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios ponemos a tu disposición recomendaciones de los pasos a seguir. En primer lugar, se recomienda a todos los pasajeros que conserven el billete de tren, donde aparece la hora de inicio y de finalización del viaje, y que, en caso de retraso, acrediten y documenten la hora de llegada para, en caso de controversia, puedan amparar su reclamación.

Renfe e Iryo

En primer término, hay que presentar la reclamación a la empresa a la que compramos el billete; se puede hacer tanto físicamente, como por sus páginas web, y tienen la obligación de contestarnos en un mes como máximo. En caso de que la contestación sea negativa o insatisfactoria, podemos presentar una reclamación en la Junta Arbitral de Consumo de Aragón, ya que Renfe está adherida al Sistema Arbitral de Consumo. 

En el caso de Iryo, no está adherida al Sistema Arbitral de Consumo ni se somete a las juntas arbitrales del transporte, por lo que tendremos que solicitar una mediación a través de los servicios provinciales de Consumo o de Transportes. Ante cualquier duda, el viajero puede ponerse en contacto con el teléfono de Atención al Consumidor, 900 12 13 14, puede enviar un correo a la dirección consultaconsumo@aragon.es o pedir cita previa para una atención presencial.

Fuente: Gobierno de Aragón

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